Dogma de la Asunción
El Papa Pío XII, recogiendo los frutos de tantos siglos de reflexión creyente, definió el dogma de la Asunción de María a la gloria celestial (1 de noviembre de 1950, Bula Munificentissimus Deus). En ella, prudentemente, se limita a sostener:
“La Inmaculada Madre de Dios, siempre Virgen María, cumplido el curso de su vida terrestre, fue asunta en cuerpo y alma a la gloria celestial”
Como observa el P. L. H. Rivas, el Papa evita definirse sobre el final de la vida terrena de la Virgen (si murió o no). Tampoco habla de lo alto ni de lo bajo, ni de “ascender”, sino de ser asumida en la gloria de Dios.
Juan Pablo II, sin embargo, da un paso adelante en su catequesis del 25 de junio de 1997, sosteniendo que el hecho de que María fuera liberada del pecado original por singular privilegio divino no significa que haya recibido también la inmortalidad corporal. “La madre no es superior al Hijo, que aceptó la muerte, dándole nuevo significado y transformándola en instrumento de salvación”). Debemos pensar entonces que María, implicada en la obra redentora y asociada a la ofrenda salvadora de Cristo, debió compartir el sufrimiento y la muerte con vistas a la redención. Para participar en la resurrección de Cristo, María debía compartir ante todo la muerte de su Hijo.
Revista Criterio
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