Derechos humanos en la educación cívica

La educación de los derechos humanos debe formar parte de una educación cívica. Vidal (1991) explica este hecho: " La presencia de la instancia ética en los derechos humanos aporta a esta noción histórico jurídica el carácter de exigencia proféti­ca y globalizante. Los derechos humanos, por ser expresio­nes de valores básicos de la persona, encauzan la protesta y la profecía de lo humano por terrenos metajurídicos y más allá de las concreciones históricas."
Los aspectos axiológicos que son asumidos en el concepto de derechos humanos son:
1º Reconocen el valor del hombre por encima de cualquier realidad.
2º Reconocimiento de la persona humana como lugar axiológico autónomo.
3º El fundamento inmediato está en la libertad
A la pregunta, ¿qué valores deben imperar en una sociedad plu­ralista como la nuestra? creo que hoy nadie niega que la contes­tación idónea sea la de los Derechos Humanos.
Pero esta sería una contestación abstracta y formal, que se toma como criterio y pauta de conducta. Son valores fundamenta­les que deben serlo en cualquier parte y en cualquier cultura. Pero que estos valores universales sean reconocidos, no implica que queden zonas dudosas que deben consesuarse.
Camps (1994) completa esta idea:
" Esas zonas oscuras de los derechos fundamentales y de la interpretación de los mismos son las que deben consesuarse por la vía del dialogo o de la democracia. Tanto los conflictos entre los derechos fundamentales como la interpretación concreta y aplicada a nuestras situaciones obligan a priorizar, a elegir y a sacrificar valores: ahí la tragedia de la ética. Para ser cohe­rente con la ética misma cualesquiera elecciones o decisión debe respetar a otro mínimo ético que es el del consenso dialógi­co; nadie tiene derecho a imponer a otro sus puntos de vista y menos a hacerlo violentamente. La comunicación y una comunicación lo más simétrica posible, como quiere Habermas, es el único fundamen­to de la aceptación de las normas justas."
Se ha insinuado distintas líneas para determinar los valores y el consenso sobre ellos.
Por un lado, se ha hablado de la construcción de los propios valores individuales para potenciar la autonomía personal y colectiva, que supondría una construcción de valores.



Por otro lado, se ha llegado a determinar que la comunidad llegue a determinar una serie de valores socialmente aceptables y aceptados. Se da por supuesto que existe una serie de valores que son asimilados como positivos por todas la sociedad. Estos valores podrían obtenerse de una reflexión sobre los valores de la democracia, o de los valores contenidos en nuestra Constitu­ción, o como es aceptado internacionalmente sobre los contenidos de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

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