Papas y pena de muerte

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Inocencio III (+1216), exige en la Confesión de fe prescrita a los Valdenses (1208) que reconozcan lícita la pena de muerte, cuando justamente es aplicada (Denz 795).



León XIII (+1903). Tanto la razón como la Revelación divina «prohíben a cualquiera, de modo absoluto, matar o herir a un hombre en ausencia de una razón pública justa» (enc. Pastoralis Oficii, 1881).

Pío XII (+1958). «Está reservado al poder público privar al condenado del “bien” de la vida, en expiación de su falta, después de que por su crimen él se ha desposeído de su “derecho” a la vida» (Disc. 13-IX-1952, n. 28).

San Juan Pablo II (+2005). «No se debe llegar a la medida extrema de la eliminación del reo salvo en casos de absoluta necesidad, es decir, cuando la defensa de la sociedad no se sea posible de otro modo» (1995, enc. Evangelium vitae nº 56.)

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