ADAPTACIONES DE ACCESO AL CURRÍCULO.


Propuesta de 92 orientadores en 2007

ADAPTACIONES DE ACCESO AL CURRÍCULO.


Trece


1.Las adaptaciones de Acceso al currículo son las modificaciones o provisión de recursos espaciales, materiales o de comunicación que van a facilitar que algunos alumnos con necesidades educativas especiales puedan desarrollar el currículo ordinario o, en su caso, el currículo adaptado.”


Los distintos subtipos que constituyen las adaptaciones de acceso:


- Espacios: condiciones de acceso, sonorización y luminosidad, que favorecen el proceso de enseñanza-aprendizaje y la movilidad y autonomía de los alumnos.


- Materiales: adaptación de materiales de uso común y/o provisión de instrumentos que pueden facilitar el proceso de enseñanza-aprendizaje de los alumnos y compensar sus dificultades: mobiliario, materiales y equipamientos específicos o ayudas técnicas para el desplazamiento, visión o audición.


- Comunicación: Aprendizaje de un sistema de comunicación complementario, aumentativo o alternativo del lenguaje oral. Determinados alumnos no pueden comprender y/ o expresarse a través del lenguaje oral exclusivamente o su nivel no es suficiente para comunicarse adecuadamente. Estos alumnos necesitan aprender y utilizar otros medios de comunicación complementarios, alternativos o aumentativos del lenguaje oral sin que ello implique renunciar al aprendizaje del lenguaje oral.


El aprendizaje de estos sistemas de comunicación va a facilitaar que estos alumnos puedan acceder a los planteamientos curriculares ordinarios, y les va a proporcionar una herramienta fundamental para conseguir, no sólo el desarrollo de determinadas capacidades y el aprendizaje de distintos contenidos, sino también la posibilidad de interactuar y comunicarse con los demás.



- Recursos Personales: entendiendo como tales, los maestros con las especialidades de pedagogía terapéutica o educación especial y de audición y lenguaje que se establezcan en las correspondientes plantillas orgánicas de los centros docentes, y de los equipos de orientacón educativa y psicopedagógica, así como por el personal laboral que se determine (fisioterapéuta, auxiliar técnico educativo, psicomotricista, enfermeros,...).


2.Cuando las necesidades educativas especiales del alumnado se deriven de condiciones personales de discapacidad motora, sensorial o psiquica que le impidan la utilización de los medios ordinarios de acceso al sistema educativo, el centro docente que escolarice a este alumnado propondrá una adaptación de acceso consistente en la dotación extraordimnaria de materiales o personales


Catorce


1.El procedimiento de adaptaciones de acceso será:


-Antes del inicio de curso, o cuando se detecten dichas necesidades, se tramitará una petición al Departamento de Orientación para la evaluación psicopedagógica

-El Departamento de Orientación realizará dicha evaluación

-El expediente completo será enviado por el director del Centro a la Consejería de Educación y Universidades, Dirección General de Centros, Ordenación e Inspección

Comentarios

Entradas populares de este blog

Clasificación de valores en Ortega y Gasset

diferencia entre Sinodo y Concilio

Diferencias y semejanzas entre el Bautismo de Juan Bautista y Jesús