Negación a que los nuevos judíos conversos vivan en la Alpujarra



En el Archivo Municipal de Granada se conserva una real cédula de 12 de mayo de 1511, por la que se ordena que ningún nuevamente convertido de judío pueda entrar ni vivir en las villas, lugares e tahas de las Alpujarras. Da un plazo de cien días para que los que allí moraban saliesen a vivir a otros lugares.

Busto, G. G. (1986). Judeo-conversos en las Alpujarras en el siglo XVI. MEAH SECCIÓN HEBREO, 35, 151-157.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Clasificación de valores en Ortega y Gasset

¿Qué es hierognosis?

diferencia entre Sinodo y Concilio