Consejo orientador

LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA, PSICOPEDAGÓGICA Y PROFESIONAL Y LA TUTORÍA.



Propuesta del 92 orientadores en 2007


Cuarenta y siete

1. No es posible separar la función orientadora de la función docente, ya que ambas configuran el propio proceso educativo.



Partiendo de la concepción de que enseñanza y orientación son los dos términos que componen el binomio educativo, consideramos que corresponde a todo el profesorado la tarea de orientar al alumnado en los ámbitos personal, escolar y profesional en el marco de su actuación diaria en el aula, si bien este fenómeno de la orientación tiene un mayor compromiso e incidencia dentro de las funciones de la tutoría y de los Departamentos de Orientación.



Se hace preciso, por tanto, delimitar cuales deben ser las actuaciones de cada uno con el fin de garantizar un adecuado y efectivo trabajo en este campo.





Cuarenta y ocho



1.Los tutores de cada grupo realizaran su actividad orientadora alternando actividades grupales con otras de carácter individual que permitan un conocimiento real de las diferencias de capacidades e intereses del alumnado favoreciendo actuaciones que permitan su desarrollo personal. Se favorecerá la organización flexible de la tutoría y la tutoría en equipo para determinadas actividades.



2.Se garantizará en el horario de los tutores espacios suficientes para la tutoría lectiva, la atención a padres, la preparación y coordinación de las actuaciones tutoriales y la atención individualizada a los alumnos



3.Dado el trabajo suplementario que la tutoría supone a cualquier docente, se compensará la labor tutorial mediante un complemento específico, un reconocimiento de puntuaciones para concursos de traslados y otros méritos y una descarga de horario lectivo.



4.Las actividades relacionadas con la tutoría serán recogidas anualmente en el Plan de Acción Tutorial, que será elaborado por el Departamento de Orientación, con la colaboración de los tutores, según las directrices de la CCP. Dicho documento se incluirá en la Programación General Anual.



La coordinación de las actividades de orientación la llevará a cabo el Departamento de Orientación de acuerdo con el Plan de Actuación del Departamento para cada año. Dicho Plan de actuación estará compuesto por, al menos, tres subplanes: El mencionado Plan de Acción Tutorial, el Plan de Orientación Académica y Profesional, y el Plan de Apoyo al Proceso de Enseñanza y Aprendizaje.



5.El Plan de Orientación Académica y Profesional incluirá todas las actuaciones que se lleven a cabo en este ámbito dentro y fuera del centro, especificando las actividades a realizar según los distintos niveles educativos y su temporalización.



6.Todo el alumnado, al finalizar la escolaridad obligatoria y, en su caso, los Programas de Garantía Social, recibirán un consejo orientador sobre su futuro académico y profesional, que tendrá carácter confidencial y no prescriptivo.



7.El consejo orientador será emitido por el equipo educativo de cada curso, con la colaboración del Departamento de Orientación, y será firmado por el tutor del grupo.



8.Dicho documento se entregará al alumno y a sus padres o tutores legales, archivándose una copia del mismo en el expediente del alumno.





El Departamento de Orientación coordinará en colaboración con la Jefatura de Estudios las medidas de atención a la diversidad y se recogerá un diseño de las mismas en el Plan de Apoyo al Proceso de Enseñanza y Aprendizaje. Las medidas a tomar se estructurarán en medidas preventivas, ordinarias y extraordinarias





Debido a la interrelación que existe entre las actuaciones que se desarrollan en los tres planes de actuación, éstos se agruparán en un documento único que dará sentido y coherencia a todas las actuaciones a realizar.

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