El Gobierno de España asegura que las inmatriculaciones de bienes por la Iglesia son válidas

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Responde a una pregunta de un diputado del PSOE

(Efe) En una respuesta parlamentaria al diputado del PSOE Antonio Hurtado, el Gobierno ha señalado que el Ministerio de Justicia ha pedido al Colegio de Registradores de la Propiedad una relación de todas las inmatriculaciones llevadas a cabo por la Iglesia en virtud del artículo 206 de la Ley Hipotecaria, entre las que se encuentra la Mezquita-Catedral de Córdoba.
Este artículo fue derogado en 2015 y, a partir de entonces, esta práctica que permitía realizar la primera inscripción de un bien en el Registro de la Propiedad, dejó de ser legal.
Según responde el Ejecutivo, todas las inmatriculaciones de bienes por parte de la Iglesia Católica llevadas a cabo hasta la modificación de la Ley Hipotecaria «se han realizado al amparo de la ley y cumpliendo con la legalidad vigente en cada momento».
A partir del 25 de junio de 2015 -fecha en la que se modificó dicho texto- «para practicar inmatriculaciones a favor de la citada Iglesia, deberá acudirse a los medios inmatriculadores ordinarios», señala.
«Pero las inmatriculaciones practicadas con anterioridad son plenamente válidas» y «los asientos del registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos establecidos en la Ley».
Por tanto, el Gobierno concluye que «no se entiende procedente realizar ninguna acción por considerarse que no hay ninguna legalidad conculcada».
Entre los bienes inmatriculados por la Iglesia en ese periodo de tiempo se encuentran, entre otros, la Mezquita-Catedral de Córdoba, la Catedral de Zaragoza, las murallas de Artá (Baleares), las tres ermitas de Sangüesa (Navarra), la Ermita de Iguacel (Jaca) o la Plaza del Pocito (Córdoba).

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