¿Se puede adquirir un bien con la inmatriculación?

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La adquisición de un bien en España (debates doctrinales aparte) se rige por la denominada teoría del título y el modo.

 Para adquirir un bien se debe formalizar un contrato, entregar la cosa y pagar el precio (si lo hay). 
Por tanto, cuando se inmatricula un bien, el dominio de dicho bien ya se ha adquirido previamente.

No hay forma legal en este país de adquirir un bien con la inmatriculación de una finca. Es, sencillamente, imposible.

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