LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE PSIQUIATRÍA Y SALUD MENTAL PERDIÓ LA DEMANDA



LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE PSIQUIATRÍA Y SALUD MENTAL PERDIÓ LA DEMANDA
El Supremo sentencia que la Cienciología puede criticar con severidad y expresiones crudas a los psiquiatras

La Sociedad Española de Psiquiatría y Salud Mental (SEPSM) llegó hasta el Tribunal Supremo en la defensa de su derecho al honor, pero el alto tribunal ha vuelto a fallar a favor de la libertad de expresión de las asociaciones de la Iglesia de la Cienciología en sus descalificativos a los psiquiatras, confirmando así la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid.

15/07/24 9:31 AM

(Diario Médico/InfoCatólica) El litigio viene de lejos y llevó a la indignación más profunda a los profesionales sanitarios, que han visto cómo en las páginas web de las asociaciones Comisión Ciudadana de Derechos Humanos de España (CCDH) y su matriz en Estados Unidos, Citizens Commision on Human Rights (CCHR), se ha arremetido duramente contra los conocimientos científicos y los tratamientos psiquiátricos.

La retahíla de difamaciones hacia los psiquiatras no tiene desperdicio y ha sido recogida en las sucesivas sentencias sobre este caso. En las web de las asociaciones de la Iglesia de la Cienciología se afirmaba que «los psiquiatras son delincuentes, precursores de genocidios, responsables de la erosión de la educación y la justicia, incitadores a la drogadicción, narcotraficantes, practicantes fraudulentos o gestores de la violencia y del terrorismo, que se producían abusos sexuales por parte de algunos psiquiatras a sus pacientes e incluso que había un número indeterminado de abortos coactivos en España a manos de psiquiatras».

Estos descalificativos estuvieron en las páginas de las asociaciones demandadas entre 2004 y 2013, en el caso de la web americana, y entre 2007 y 2019, en la web de la sociedad española, la CCDH, sobre la que termina centrándose el litigio porque es donde no ha «caducado la acción». Todavía hoy se pueden encontrar textos cuestionando la especialidad médica.

Contra estas duras afirmaciones, la Sociedad Española de Psiquiatría no dudó en interponer una demanda por la intromisión ilegítima en el derecho al honor de sus asociados por la difusión a través de sus páginas web de las citadas manifestaciones. Sin embargo, en este pulso entre el derecho al honor y el derecho a la libertad de expresión han perdido los psiquiatras.

Este viernes, la Sala Civil del Tribunal Supremo ha desestimado la demanda de protección del derecho al honor y considera que la Audiencia Provincial de Madrid ha ponderado correctamente los criterios jurisprudenciales para resolver el conflicto entre la libertad de expresión y el derecho al honor.

Reconoce que «las publicaciones versan sobre una materia de indudable interés general», como son «determinadas prácticas en el campo de la Psiquiatría, y, en concreto, sobre internamientos involuntarios, uso de drogas psicotrópicas, en especial cuando los pacientes son niños o adolescentes, o tratamientos quirúrgicos o electroconvulsivos».

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